Durante el lunes 14 de abril, la gobernadora Rocío Nahle fue cuestionada en conferencia de prensa sobre las plataformas que brindan el servicio de taxi en Veracruz.
De acuerdo con la mandataria, administradores de plataformas como Uber se han acercado a ella con la idea de regularizar el uso de estas aplicaciones que brindan el traslado de los usuarios recogiéndolos en cualquier punto.
Hasta el momento, confirmó que aún no se ha sentado a revisar a fondo el tema, sin embargo, forma parte de las acciones para ordenar el transporte público.
"Ya la secretaría de Hacienda ya dio lineamientos para estas plataformas, voy a empezar a verlo. No está todavía Uber autorizado, no los voy a recibir hasta que las plataformas que estén aquí estén en orden y también nosotros tenemos un número de taxis muy grande, y son generadores de empleo", expuso.
Cabe mencionar que el lunes se llevó a cabo una manifestación en Xalapa y en Boca del Río, donde exigieron a la gobernadora que pare la circulación de autos que briden servicio de transporte publico por medio de plataformas digitales o Apps.
Para que las plataformas como Didi, Uber o Indriver puedan operar en Veracruz, los socios conductores deben contar con el RFC para operar legalmente, ya que de lo contrario, la plataforma aplicará una retención de hasta el 20 por ciento sobre sus ingresos.
En cambio, si el conductor está inscrito correctamente, las retenciones son mucho menores, entre el 0.50 y 2.0 por ciento, según los ingresos.
El conductor deberá pagar el ISR ya sean pagosdefinitivos: Si el socio conductor solo obtiene ingresos a través de plataformasdigitales, puede optar porque la retención que realiza la plataforma sea definitiva; si tiene otros ingresos adicionales (por ejemplo, por otro empleo o actividad empresarial), las retenciones que hace la plataforma se consideran como un adelanto del impuesto anual, por lo que sí deberá presentar declaración anual y ajustar el ISR a pagar según su nivel de ingresos y deducciones aplicables.
Además, deberá pagar el 16 por ciento del IVA, la plataforma está obligada a retener el 8%. Esto significa que el socio conductor solo deberá pagar el 8% restante, si es que no tiene derecho a acreditar impuestos pagados en sus gastos relacionados con la actividad. Y deberán emitir facturas por el servicio.
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